Estarán sujetas a licencia previa, aquellas obras que requieran proyecto técnico de obras, salvo los casos indicados en artículo 14.2, apartado a, de la Ley 38/1999 de 5 de noviembre.Actividades con posibles afecciones al medio ambiente, a la seguridad o la salud pública.
Actividades de espectáculos públicos y actividades recreativas
Actividades sometidas a procedimientos de control medio ambiental
Actividades cuyos ocupantes están impedidos o tienes dificultades para evacuar de forma autónoma en caso de incendio y requieran asistencia
Establecimientos hoteleros
Actividades que en su proceso traten con productos potencialmente peligrosos
Actividades industriales de fabricación o elaboración y tratamiento de productos alimentarios, para su consumo fuera del local
Garajes, aparcamientos de mas de cinco plazas, cuando no constituyan la dotación del edificio
Actividades en que se incluyan instalaciones radioactivas